Aunque se licenció en Farmacia a los 19 años, lo cierto es que la primera vocación de Alfonso Miró fue ser médico, y únicamente circunstancias de tipo familiar determinaron que finalmente optara por la carrera de farmacia. Impulsado por su inagotable inquietud profesional, Alfonso Miró fundó, en 1928, un laboratorio farmacéutico, el primer paso en una actividad larga y fructífera que solo fue interrumpida, temporalmente, por la Guerra Civil.
El currículum profesional de Alfonso Miró es dilatado y especialmente brillante, convirtiéndose en un referente para la profesión farmacéutica de la isla durante la primera mitad del siglo XX. Entre otras ocupaciones, trabajó en el Laboratorio del Hospital Militar de Palma, destacando especialmente por su labor de organización y de elaboración de medicamentos inyectables, especialmente anestésicos, destinados a los hospitales militares del país. También fue Subdelegado Provincial de Farmacia, cargo obtenido por oposición, desde el año 1927 hasta su jubilación (1975), además de ser miembro fundador de la Cooperativa Farmacéutica Balear. En 1945, Alfonso Miró fue designado académico de número de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Palma. También tuvo la responsabilidad de preparar, por primera vez en nuestro país, las botellas de Curaré comercializadas bajo el nombre de "Curarina Miró" y de hecho muchas especialidades registradas por él son actualmente elaboradas por diferentes laboratorios, tanto aquí como en el extranjero.
En enero de 1977, Alfonso Miró recibió la Orden Civil de Sanidad, en reconocimiento a sus méritos y dedicación a la labor sanitaria. En febrero del año siguiente (1978), la academia de Ciencias Médicas de Cataluña y Baleares lo nombró Socio de Mérito de la entidad mencionada. Desde todos los puntos de vista, la "Fundación de Ciencias Farmacéuticas de las Islas Baleares" representa la continuidad de su legado y una prolongación de su espíritu inquieto en todo lo que tenía como eje central la investigación científica, contemplada siempre desde una perspectiva humanística irrenunciable.
La Fundación está primordialmente destinada a la investigación científica y técnica en el campo de las ciencias farmacéuticas, así como a la formación complementaria y especialización de licenciados en Farmacia en sus facetas profesional, científica y humanista.
Dentro de la finalidad genérica enunciada en el artículo anterior, son finalidades concretas de la Fundación:
1. El otorgamiento de becas de formación científica e investigadora y promoción de estudios y trabajos dentro del ámbito de la especialidad farmacéutica.
2. La organización de conferencias, mesas redondas, seminarios periódicos, congresos, etc., así como la promoción de publicaciones científicas relacionadas con la farmacia y con la sanidad en general.
3. La organización de cursos de formación y especialización en el ámbito farmacéutico.
4. La ayuda al M.I. Colegio Oficial de Farmacéuticos de las Baleares en la conservación y en la actualización de su Biblioteca y de su Centro de Información del Medicamento, así como en todas las actividades organizadas por el mismo en las que así lo decida el patronato.
5. Cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores o que resulte instrumento o complemento para lograr los objetivos de promoción de los estudios e investigación en el campo de la ciencia farmacéutica y de la sociedad en general.
Para el otorgamiento de las becas de investigación o formación previstas
en el artículo anterior apartado 1 se estará en las bases siguientes:
1. Se distinguirán dos tipos de ayudas: Ayudas para programas de investigación sobre temas de libre elección por el solicitante. Ayudas para programas de investigación designados por el Patronato de la Fundación. Para el grupo a) se designará un tercio de la cantidad total presupuestada para la concesión de estas becas de formación, asignándose al grupo b) los dos tercios restantes.
2. Los temas propuestos en el primer grupo necesitarán en cualquier caso la conformidad del Patronato. La denegación deberá en todo caso ser motivada por la posible inadecuación del tema a las finalidades fundacionales, su irrelevancia teórica o práctica o por la inviabilidad del propio proyecto, siempre según el parecer del Patronato de la Fundación.
3. Serán beneficiarios de estas becas en sus dos categorías los postgraduados universitarios de carreras sanitarias. La adjudicación de las mismas se hará teniendo en cuenta la idoneidad y circunstancias personales del solicitante y el interés del proyecto.
4. La convocatoria que el Patronato haga de estas becas deberá especificar claramente los derechos y deberes del adjudicatario y de la Fundación, el plazo de duración de la ayuda y el centro donde deberá desarrollarse el trabajo.