Medicamentos y conducción
Es muy importante que los profesionales sanitarios informen a los conductores sobre el posible efecto de su tratamiento en la conducción.
Con la publicación del Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente, se legislan (en el anexo IV) los símbolos, siglas y leyendas que deben aparecer en el etiquetado de los medicamentos. Entre ellos, figura un pictograma específico para los medicamentos que pueden reducir la capacidad de conducir o manejar maquinaria peligrosa.
Como criterios principales de evaluación de la incorporación del pictograma de conducción se considera:
Los listados sobre los principios activos susceptibles de incorporar el pictograma de conducción se publican periódicamente en la página Web de la AEMPS así como en la Base de Datos del Conocimiento Sanitario del Consejo General, Bot PLUS, creándose una “alerta específica” en los medicamentos afectados.
El farmacéutico, en la DISPENSACIÓN, debe asegurarse de que “el paciente sabe para qué sirve el medicamento” y “sabe como utilizarlo”. Y es aquí donde el pictograma tiene su utilidad. Cuando el farmacéutico ve el pictograma en el envase de un medicamento, sabe que deberá informar al paciente, además de la posología, o de la forma correcta de administración, sobre el efecto que el medicamento tiene en la capacidad de conducir, para garantizar que el paciente sabe realmente “cómo utilizar el medicamento”. El farmacéutico, además de informar del significado del pictograma y ayudar al paciente a la lectura y comprensión del epígrafe correspondiente del prospecto, también puede colaborar: